Plazos de la Ley 39/2015: la tabla para no fallar en el test
Terminas de estudiar el procedimiento de la Ley 39/2015 con la sensación de que lo entiendes: iniciación, instrucción, resolución, recursos. Haces el primer test de plazos y se desmorona. Que si diez días, que si un mes, que si tres meses, que si hábiles o naturales, que si desde la notificación o desde la entrada en el registro. Todo parece lo mismo y nada coincide con lo que recordabas.
Calma, porque hay menos caos del que parece. Casi todos los plazos de la Ley 39/2015 se cuentan en días hábiles a partir del día siguiente a la notificación, y los de meses o años, de fecha a fecha (art. 30). Con esa regla y unas pocas cifras clave (10 días para subsanar, 1 mes para recurrir en alzada o reposición, 3 meses para resolver la alzada, 6 meses como techo general para resolver) se contestan muchas preguntas de plazos de un test.
Debajo tienes la tabla completa de plazos de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, ordenada por fases del procedimiento y con el artículo de cada uno. La hemos contrastado con el texto consolidado del BOE (última actualización publicada: 6 de noviembre de 2024) a fecha de 11 de octubre de 2026. Después encontrarás las trampas que más se repiten y varios trucos para memorizarla, que es donde de verdad se ganan los puntos.
Cómo se cuentan los plazos: lo que cambia el resultado
Antes de memorizar cifras conviene tener clara la mecánica del artículo 30, porque una misma cifra da fechas distintas según cómo se cuente. Muchos fallos de test no vienen de no saber el plazo, sino de contarlo mal.
- Días: son hábiles salvo que una ley o el Derecho de la Unión Europea digan lo contrario. Se excluyen sábados, domingos y festivos. Los plazos en días naturales deben constar así en la notificación.
- Horas: son hábiles, se cuentan de hora en hora y de minuto en minuto, y no pueden superar las 24 horas (si no, se expresan en días).
- Inicio: el cómputo arranca el día siguiente a la notificación, la publicación o el silencio administrativo. El día de la notificación no cuenta.
- Meses y años: de fecha a fecha. Vencen el mismo número de día del mes final; si ese mes no tiene ese día, vencen el último día del mes.
- Último día inhábil: el plazo se prorroga al primer día hábil siguiente.
Dos ejemplos para que lo veas en la práctica. Si te notifican un requerimiento de subsanación (10 días, art. 68.1) el lunes 5 de octubre de 2026, el cómputo empieza el martes 6 y cuentan los días 6, 7, 8, 9, 13, 14, 15, 16, 19 y 20: el 12 es festivo nacional y los fines de semana se saltan. El plazo vence el martes 20. Y si te notifican el 31 de marzo una resolución que pone fin a la vía administrativa y la recurres en reposición (1 mes), el plazo vence el 30 de abril, porque abril no tiene día 31.
Tabla de plazos de la Ley 39/2015
Aquí la tienes completa. No hace falta que la leas de arriba abajo: úsala para consultar y para localizar qué te falta. Salvo indicación expresa, los plazos en días son hábiles. Las filas siguen el orden del procedimiento: cómputo, inicio, instrucción, resolución y silencio, notificación y recursos.
| Plazo | A qué se refiere | Artículo |
|---|---|---|
| 1. Cómputo, ampliación y urgencia | ||
| Hasta 24 horas | Plazos por horas: hábiles, de hora en hora y de minuto en minuto. | 30.1 |
| Días hábiles | Regla general en días: se excluyen sábados, domingos y festivos. Naturales solo si lo dice una ley o el Derecho de la UE. | 30.2 |
| Fecha a fecha | Meses y años: desde el día siguiente; si no existe el día equivalente, vence el último día del mes. | 30.4 |
| Primer día hábil siguiente | Si el último día del plazo es inhábil, se prorroga. Si un día es hábil en la residencia del interesado e inhábil en la sede del órgano (o al revés), se considera inhábil. | 30.5 y 30.6 |
| Primera hora del primer día hábil | Presentación en el registro electrónico en día inhábil (el registro admite documentos todos los días, las 24 horas). | 31.2 |
| Hasta la mitad del plazo | Ampliación de plazos: de oficio o a petición, antes de que venza; nunca de un plazo vencido; sin recurso. | 32.1 y 32.3 |
| Reducción a la mitad | Tramitación de urgencia, salvo los plazos de presentación de solicitudes y recursos. | 33.1 |
| Suspensión de plazos de los interesados | Puede acordarla el Consejo de Ministros al declarar una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil. | Disp. adicional 9.ª |
| 2. Inicio y subsanación | ||
| 15 días | Acuerdo de iniciación que debe confirmar, modificar o levantar las medidas provisionales adoptadas antes del procedimiento. | 56.2 |
| 10 días (+ hasta 5) | Subsanar la solicitud; si no, se tiene por desistido. Ampliable hasta 5 días, salvo en procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva. | 68.1 y 68.2 |
| 10 días | Trámites del interesado (desde el día siguiente a la notificación) y subsanación de actos defectuosos. | 73.1 y 73.2 |
| 10 días | Alegaciones de los lesionados en la responsabilidad patrimonial iniciada de oficio. | 65.2 |
| 1 año | Prescripción del derecho a reclamar por responsabilidad patrimonial (en daños físicos o psíquicos, desde la curación o la determinación de las secuelas). | 67.1 |
| 3. Instrucción | ||
| Hasta el trámite de audiencia | Alegaciones y aportación de documentos. | 76.1 |
| 10 días | Emisión de informes, salvo otro plazo. Los informes preceptivos ya elaborados por otro órgano se remiten en 10 días desde su solicitud. | 80.2 y 28.2 |
| 10 a 30 días | Período de prueba. El extraordinario no puede pasar de 10 días. | 77.2 |
| Mínimo 20 días | Información pública (plazo para alegaciones). | 83.2 |
| 10 a 15 días | Trámite de audiencia. | 82.2 |
| 7 y 15 días | Actuaciones complementarias: 7 días de alegaciones tras terminar; práctica en no más de 15 días. | 87 |
| Máximo 15 días | Alegaciones sobre cuestiones conexas no planteadas por los interesados. | 88.1 |
| 15 días | Alegaciones cuando la sanción o infracción es más grave que la de la propuesta de resolución. | 90.2 |
| 10 días y 2 meses | Responsabilidad patrimonial: informe del servicio, máximo 10 días; dictamen del Consejo de Estado u órgano autonómico, 2 meses (reclamaciones de 50.000 euros o más). Informe del CGPJ por funcionamiento anormal de la Justicia: 2 meses. | 81.1, 81.2 y 81.3 |
| 10 días | Terceros personados que piden continuar el procedimiento tras un desistimiento o renuncia. | 94.4 |
| 3 meses | Paralización por causa del interesado: pasado el plazo desde la advertencia, caducidad del procedimiento. | 95.1 |
| 30 días | Tramitación simplificada: plazo para resolver (alegaciones iniciales, 5 días). Rechazo de la petición de tramitación simplificada: 5 días (pasados, se entiende desestimada). | 96.6 y 96.3 |
| 4. Resolver, silencio y revisión de oficio | ||
| Hasta 6 meses | Plazo máximo para resolver y notificar: el de la norma del procedimiento, sin superar 6 meses salvo ley o Derecho de la UE. | 21.2 |
| 3 meses | Plazo máximo si la norma no fija uno. Se cuenta desde el acuerdo de iniciación (de oficio) o desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u organismo competente para tramitarla. | 21.3 |
| 10 días | Comunicar al solicitante el plazo máximo y el sentido del silencio, desde la recepción de la solicitud. | 21.4 |
| 3 meses (máximo) | Suspensión del plazo para resolver por petición de informe preceptivo. | 22.1.d |
| No superior al plazo de tramitación | Ampliación excepcional del plazo máximo: nunca superior al previsto para tramitar el procedimiento; sin recurso. | 23 |
| Silencio positivo / negativo | A solicitud del interesado, estimatorio por regla general; desestimatorio en las excepciones (petición, dominio o servicio público, medio ambiente, responsabilidad patrimonial, impugnación y revisión de oficio). | 24.1 |
| 15 días | Certificado de silencio, expedido de oficio desde que expira el plazo para resolver. | 24.4 |
| Desestimación o caducidad | Procedimientos de oficio vencido el plazo: si pueden reconocer derechos, los interesados que hayan comparecido pueden entender desestimadas sus pretensiones; si son sancionadores o de gravamen, caducidad. | 25.1 |
| 6 meses | Responsabilidad patrimonial sin resolución: se puede entender contraria a la indemnización. | 91.3 |
| En cualquier momento / 6 meses | Nulidad de pleno derecho: puede declararse en cualquier momento, con dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano autonómico equivalente. Iniciada de oficio, caduca a los 6 meses; a solicitud, silencio desestimatorio. | 106.1 y 106.5 |
| 4 años / 6 meses | Declaración de lesividad: no cabe pasados 4 años desde que se dictó el acto; el procedimiento caduca a los 6 meses. | 107.2 y 107.3 |
| 5. Notificaciones | ||
| 10 días | Cursar la notificación, desde la fecha en que se dictó el acto. | 40.2 |
| 3 días siguientes | Segundo intento de notificación en papel, una sola vez, en hora distinta (si el primero fue antes de las 15 h, el segundo después, y viceversa, con 3 horas de diferencia). Puede recibirla cualquier persona mayor de 14 años en el domicilio. | 42.2 |
| 10 días naturales | Notificación electrónica obligatoria o elegida: se entiende rechazada si no se accede en ese plazo. | 43.2 |
| Anuncio en el BOE | Notificación infructuosa o interesados desconocidos. | 44 |
| 6. Recursos | ||
| 1 mes | Interponer el recurso de alzada contra acto expreso. Si el acto es presunto, en cualquier momento desde que se produzcan los efectos del silencio. | 122.1 |
| 3 meses | Resolver y notificar la alzada; pasado el plazo, el interesado puede entender desestimado el recurso (con la excepción del art. 24.1, párrafo tercero). | 122.2 |
| 10 días | Remisión de la alzada, con informe y expediente, por el órgano que dictó el acto al competente para resolver. | 121.2 |
| 1 mes | Interponer el recurso potestativo de reposición contra acto expreso (presunto: en cualquier momento) y plazo para resolver y notificar. | 124.1 y 124.2 |
| 10 a 15 días | Audiencia en los recursos cuando se tienen en cuenta nuevos hechos o documentos. | 118.1 |
| 1 mes | Solicitud de suspensión de la ejecución sin resolución expresa: se entiende suspendida. | 117.3 |
| 4 años / 3 meses | Recurso extraordinario de revisión: 4 años desde la notificación si hubo error de hecho; 3 meses desde el conocimiento de los documentos o la firmeza de la sentencia en los demás casos. | 125.2 |
| 3 meses | Resolver el extraordinario de revisión; pasado el plazo, desestimado y abierta la vía contenciosa. | 126.3 |
| 2 meses / 6 meses | Recurso contencioso-administrativo (no es de la Ley 39/2015): 2 meses si el acto es expreso, 6 si es presunto. | Ley 29/1998, art. 46.1 |
Las trampas de plazos que más se repiten en el test
Los plazos son el terreno favorito de las preguntas trampa porque basta cambiar una cifra o un adjetivo para que la opción parezca correcta. Estas son las que conviene tener en la cabeza antes de entrar al examen:
- Días naturales. En la Ley 39/2015 el único plazo expresado en días naturales es el de rechazo de la notificación electrónica (10 días naturales, art. 43.2). Si ves "10 días" en otro supuesto, son hábiles.
- Sábados. La Ley 30/1992 solo excluía domingos y festivos, así que los sábados contaban. La Ley 39/2015 los excluye. Es una pregunta clásica para quien estudió con apuntes antiguos.
- Agosto. La Ley 39/2015 no declara inhábil el mes de agosto: en el procedimiento administrativo corre con normalidad. En el contencioso-administrativo, en cambio, no corre el plazo para interponer el recurso (art. 128.2 de la Ley 29/1998), salvo en el procedimiento de protección de derechos fundamentales.
- "Un mes" no son 30 días. Se cuenta de fecha a fecha. Un acto notificado el 15 de enero se recurre hasta el 15 de febrero, aunque el mes tenga 28, 29 o 31 días.
- El plazo para resolver no es el plazo para recurrir. El primero corre contra la Administración y arranca en la fecha del acuerdo de iniciación o en la entrada de la solicitud en el registro electrónico competente (art. 21.3). El segundo corre contra el interesado y arranca el día siguiente a la notificación.
- Silencio. La regla en procedimientos a solicitud es el silencio positivo, pero lo que suele preguntarse son las excepciones. Y hay un matiz: si el recurso de alzada se interpone contra una desestimación por silencio y la Administración no resuelve en plazo, se entiende estimado, salvo que se refiera a petición, dominio o servicio público, medio ambiente o responsabilidad patrimonial (art. 24.1).
- Alzada y reposición. Ambas se interponen en 1 mes, pero la alzada va ante el superior jerárquico contra actos que no ponen fin a la vía administrativa y se resuelve en 3 meses, mientras que la reposición es potestativa, va ante el mismo órgano que dictó un acto que sí pone fin a la vía y se resuelve en 1 mes.
- Procedimientos de oficio. Vencido el plazo, el efecto cambia según el procedimiento: desestimación presunta si podía reconocer derechos, caducidad si era sancionador o de gravamen (art. 25.1).
- Registro electrónico. Hay dos reglas distintas. Para los plazos del interesado en días hábiles, lo presentado en día inhábil se entiende presentado en la primera hora del primer día hábil siguiente (art. 31.2.b). Para los plazos de la Administración, el cómputo arranca en la fecha y hora de presentación (art. 31.2.c).
Cómo memorizar los plazos de la Ley 39/2015 sin morir en el intento
Aprender decenas de plazos como una lista suelta es la peor opción: la cabeza no retiene cifras sin ancla. Funciona mejor agruparlos por patrones, y la propia ley te lo pone fácil.
- La escalera 1, 3, 6. Un mes: interponer alzada y reposición, y resolver la reposición. Tres meses: resolver la alzada, plazo supletorio para resolver, caducidad por paralización del interesado y resolver el extraordinario de revisión. Seis meses: techo general para resolver y caducidad en revisión de oficio y lesividad.
- El 10 comodín. Subsanar, trámites del interesado, informes, cursar la notificación, remitir la alzada y comunicar el plazo y el silencio son 10 días. Ante la duda entre varias cifras, 10 es el plazo que más se repite en la ley.
- Las horquillas. Prueba 10 a 30; audiencia 10 a 15 (la misma que en los recursos); información pública, 20 como mínimo. Conviene aprenderlas juntas, porque se parecen y se mezclan en las opciones.
- Los años. Son pocos: 1 año para reclamar por responsabilidad patrimonial y 4 años en lesividad y en el extraordinario de revisión por error de hecho.
Para fijarlos, convierte cada fila de la tabla en una tarjeta (plazo a un lado, artículo y supuesto al otro) y repásalas con un sistema de repasos espaciados. Las técnicas de memorización de temario sirven igual para cifras y artículos.
Cómo usar la tabla para practicar de verdad
La tabla sirve para consultar y para detectar huecos, pero la soltura con los plazos llega al aplicarlos a casos: calcular fechas, identificar qué recurso procede y decidir qué efecto tiene el silencio. Puedes practicar con los tests online de la Ley 39/2015 y, si estudias también el texto constitucional, con el método que explicamos para estudiar la Constitución y la Ley 39/2015 con tests.
Una rutina que funciona: haz un test corto de plazos, anota cada fallo con su artículo y vuelve a esa fila de la tabla. Si el fallo se repite, probablemente sea un patrón (días hábiles frente a naturales, o desde cuándo se cuenta) y no un olvido puntual. Trabajar el patrón rinde mucho más que releer la tabla entera.
Preguntas frecuentes
¿Los plazos de la Ley 39/2015 son hábiles o naturales?
Por defecto, los plazos en días son hábiles: se excluyen sábados, domingos y festivos (art. 30.2). Solo son naturales si una ley o el Derecho de la Unión Europea lo establece y así se indica en la notificación.
¿Cuentan los sábados y agosto en los plazos administrativos?
Los sábados no cuentan, porque son inhábiles. Agosto sí cuenta en el procedimiento administrativo: la ley no lo excluye. En el recurso contencioso-administrativo, en cambio, agosto no computa.
¿Cuánto tiene la Administración para resolver si la norma no dice nada?
Tres meses (art. 21.3). Cuando la norma del procedimiento fija un plazo, no puede superar los seis meses salvo que una ley o el Derecho de la Unión Europea establezcan otro mayor (art. 21.2).
¿Qué diferencia hay entre alzada y reposición en cuanto a plazos?
Los dos se interponen en un mes si el acto es expreso. Cambia el plazo para resolver: tres meses en la alzada (art. 122.2) y un mes en la reposición (art. 124.2).
¿Cuándo se entiende rechazada una notificación electrónica?
Cuando, siendo obligatoria o elegida por el interesado, pasan diez días naturales desde su puesta a disposición sin acceder a su contenido (art. 43.2). Cuando se rechaza una notificación, se hace constar en el expediente, se da por efectuado el trámite y el procedimiento continúa (art. 41.5).